Arranca el nuevo “pico y placa” en Ibagué

Nuevo pico y placa en Ibagué arranca este lunes 16 de enero, durante los primeros 15 días del nuevo decreto las sanciones serán pedagógicas 

La administración municipal decidió no permitir la circulación de vehículos particulares en toda la ciudad, pese a la iniciativa que se tenia de extender el pico y placa todo el día en la ciudad, La administración municipal opto por  no permitir la circulacion de vehiculos particulares en toda la ciudad durante la mañana y la tarde.

El nuevo pico y placa irá desde las  6:30 hasta las 9:00 de la mañana y de 5:00 de la tarde hasta las  7:30 de la noche.

Otra decisión que adopto la administración esque “Durante los primeros 15 días del nuevo Decreto se realizarán jornadas  pedagógicas y socializaciones, con el propósito que la ciudadanía conozca el nuevo horario del pico y placa, por lo que en este tiempo no se van a imponer comparendos económicos. La medida empezara  a regir el primero de febrero”.

La restricción sera así 

  • Lunes: placas terminadas en 0 y 1
  • Martes: placas terminadas en 2 y 3
  • Miercoles: placas terminadas en 4 y 5
  • Jueves: placas terminadas en 6 y 7
  • Viernes: placas terminadas en 8 y

No tendrán restricción los siguientes vehículos:

  1. De Policía, Fuerzas Militares, organismos de seguridad o escoltas y periodistas.

2. De servicios públicos domiciliarios (acueducto, telefonía, energía, gas y recolectores de basura).

3. Motocicletas.

4. De distribución de bienes y alimentos.

5. De transporte de valores y vehículos de seguridad.

6. De atención médica domiciliaria, transporte de enfermos en caso de emergencia, tales como ambulancias, Bomberos, Defensa Civil, Cruz Roja, incluyendo médicos que demuestren que requieren desplazarse para el ejercicio vital de sus funciones profesionales.

7. De servicio funerario.

8. En los que se desplacen permanentemente autoridades judiciales y/o cumplan actividades similares y que así lo requieran por razones de seguridad.

9. Vehículos cuya Tarjeta de Operación o Licencia de Tránsito, tengan indicado que están destinados al transporte de carga.

10. Vehículos procedentes de otras regiones y que se encuentren de paso por la ciudad, situación que se acreditará, con el respectivo recibo de pago del peaje fechado el mismo día de tránsito por la ciudad.

11. Vehículos que tengan adaptados mecanismos para desplazar discapacitados, o en los que ellos se desplacen.

Tenga en cuenta 

Los conductores que no cumplan con la restricción a partir del miércoles 1 de febrero serán sancionados con un comparendo equivalente a quince (15) salarios diarios mínimos  legales vigentes ($368.850), más la inmovilización del vehículo.


Redacción: Verónica Palacio