Procurador falla a favor de Cepeda en caso que lo enfrenta a Uribe

Foto: Juan Diego Buitrago / EL TIEMPO y EFE

Ratifica absolución al senador del Polo. Aún no se pronuncia sobre medida de aseguramiento a Uribe.

La defensa del exsenador Álvaro Uribe le ha pedido de manera reiterada a la Procuraduría que se pronuncie sobre las presuntas violaciones de la Corte Suprema a sus garantías procesales en el caso por soborno en actuación penal y fraude procesal.

El Ministerio Público aún no ha sentado postura dentro del caso. Sin embargo, confirmó la absolución del senador del Polo Iván Cepeda dentro del mismo caso, luego de que la defensa de Uribe pidiera una revisión del fallo inicial.

(Lo invitamos a leer: Los dos caminos judiciales en el caso contra Álvaro Uribe)

En efecto, en una decisión del  11 de junio, notificada este lunes a las  partes, el propio procurador Fernando Carrillo negó la solicitud del abogado Jaime Granados de revisar de nuevo la conducta y fallo inicial contra Cepeda, por la presunta comisión de faltas disciplinarias al investigar y recepcionar testimonios en cárceles del país, que no está dentro de sus funciones de senador de la República.

La defensa de Uribe no se quiso pronunciar sobre la ratificación de la absolución. Pero en la queja contra Cepeda manifestaron que, en su criterio, un legislador no podía “interferir en la autonomía judicial, por lo cual no puede solicitar que se rindan informes a las autoridades de la jurisdicción”.

(Le puede interesar: Esta es la indagación de Corte a Álvaro Uribe por la masacre de El Aro)

Para Granados, “El Congreso no puede usurpar las funciones de la rama judicial, arroqándoselas como propias, pues eso también supone una interferencia en la autonomía de la rama judicial. En otras palabras, dirigir una investigación, con miras a imponer un criterio o direccionar un fallo judicial, es interferir en la autonomía judicial, por lo cual la actividad investigativa en esa dirección le está vedada al Congreso”.

‘Conducta es válida’

Para la defensa del expresidente, lo procedente habría sido conminar a los declarantes a rendir testimonio al Congreso.

Sin embargo, para la Pocuraduría es claro que “resulta inverosímil derivar responsabilidad disciplinaria de una acción valida, la cual incluso es admitida por el propio quejoso. Según lo referido en la decisión impugnada, la conducta presuntamente constitutiva de extralimitación de funciones surge de las charlas publicadas, pero las mismas no son a iniciativa del investigado Cepeda Castro, sino que son espontáneas de los reclusos, quienes previa autorización permitieron que fueran recopiladas en audio y video”.

Y agrega la decisión del Procurador General: “Conforme a ello, no existiría una extralimitación de funciones como lo pretende hacer ver el querellante, por cuanto el material probatorio obrante en el expediente permite concluir que los comportamientos desplegados por el señor Iván Cepeda Castro, en lo atinente a las visitas a las cárceles y las versiones obtenidas en las mismas, fueron en el marco de la función de control político que puede ejercer la rama legislativa respecto de la Ejecutiva, sin que pueda desprenderse una intromisión como lo refiere el impugnante, mucho menos en lo atinente a la jurisdicción”.

Este expediente se inició durante la administración de Alejandro Ordóñez, pero las decisiones de fondo fueron tomadas por la de Fernando Carrillo.

Por ahora, la defensa de Uribe espera la respuesta de la Corte Suprema para que envíe de manera inmediata a la Fiscalia o a la Comisión de Acusación los procesos que se siguen contra el expresidente, incluido el expediente por soborno en actuación penal y la preliminar sobre la masacre de El Aro.

Por este caso, Uribe está llamado a rendir versión el 15 de septiembre.

UNIDAD INVESTIGATIVA


Tomado del portal del diairo EL TIEMPO