Beneficios jurídicos a Nule, Tapia y coronel Aldana desatan polémica

Foto: Archivo / El Tiempo

Pese a gravedad de sus delitos, los tres salieron de sus lugares de reclusión en los últimos días.

Por: Redacción Justicia

El Tiempo

Entre el 28 y el 31 de diciembre, cuando los colombianos celebraban las fiestas de fin de año, tres de los condenados más conocidos del país por protagonizar hechos que escandalizaron, salieron de sus lugares de reclusión por cuenta de beneficios que, si bien son legales, provocan indignación y abrieron un debate sobre las gabelas que otorga la justicia.

Por ejemplo, a Guido Nule –condenado en total a 21 años de prisión por varios procesos sobre el carrusel de la contratación para obras viales en Bogotá, como el TransMilenio por la calle 26– un juez de ejecución de penas le dio libertad condicional el 28 de diciembre. Apenas había pagado 7 años y 8 meses de cárcel efectiva.

Según Juan Vicente Valbuena, el fiscal que investigó en su momento la red de corrupción de los Nule, Guido Nule, junto con sus primos Miguel y Manuel Nule, se apropió de 60.000 millones de pesos de los bogotanos. Incluso, el juez que los condenó resaltó en su sentencia que ni de manera personal “ni por interpuesta persona devolvieron cantidad alguna al erario, y en cambio sí aumentaron su patrimonio con los dineros del ilícito”.

Pero el Código Penal favorece a los condenados hasta el punto de que pueden obtener la libertad condicional cuando han pagado las tres quintas partes (3/5) de su pena, como sería el caso de Guido Nule según su abogado, Diego Muñetón.

Juristas consultados por EL TIEMPO explicaron que el único requisito para optar por ese beneficio es haber tenido un buen comportamiento en su centro de reclusión.

Y de acuerdo con el reporte del Inpec, Guido Nule había redimido 5 años de cárcel por trabajo y estudio. A los condenados, por cada dos días de trabajo o estudio les restan uno de la sentencia.

Así, los 5 años supuestamente redimidos y los casi 8 que estuvo efectivamente en prisión le dieron a Guido Nule el derecho a pagar, en libertad, los 8 años que le restan de pena.

En cuanto a movilidad, la única restricción que tiene es salir del país. De resto, puede estar en cualquier lugar del territorio nacional.

Tapia, inconforme con beneficio

El mismo 28 de diciembre pasado, Emilio José Tapia, quien hacía parte de la mafia de los Nule y quien fue condenado en total a 9 años y 7 meses de prisión en dos procesos, obtuvo la casa por cárcel. El argumento fue el mismo: había cumplido las tres quintas partes de su pena.

Estaba preso desde febrero del 2014, es decir que ha pagado unos 4 años y 8 meses de cárcel efectiva (lo que equivale a 58 meses). Y según fuentes cercanas al proceso, ha redimido pena por trabajo y estudio, con lo cual habría completado 80 meses de prisión (6,6 años). Esto significa que le faltan cerca de 3 años para cumplir su pena.

Por eso, Tapia quedó inconforme con el beneficio de casa por cárcel, pues lo que buscaba era la libertad condicional, como se la otorgaron a Guido Nule, y así lo hizo saber: “El pasado 19 de diciembre, el Juzgado de Ejecución de Penas de Barranquilla me otorgó el beneficio de la prisión domiciliaria, no obstante que a la fecha he cumplido con las tres quintas (3/5) partes de la pena que me fuera impuesta por los jueces y que me hacen merecedor de la libertad condicional”, dijo en un comunicado.

El caso del coronel

El otro beneficio jurídico que ha llamado la atención es el del coronel retirado Joaquín Aldana, condenado en marzo del 2011 a 33 años y 9 meses de cárcel por matar y descuartizar a su esposa, Érika Cecilia Yeneris, en el 2009.

El exoficial de la Policía obtuvo un permiso de 72 horas para pasar año nuevo con su familia en Ibagué, Tolima. Salió de La Picota el 31 de diciembre y regresó el 3 de enero.

En situaciones como la de Aldana, que fue sentenciado por un juez especializado, el requisito para obtener un permiso de 72 horas es haber pagado el 70 por ciento de la pena, y eso fue lo que él argumentó.

Según el Inpec, el coronel ha realizado varias actividades para redimir pena. Ha pagado efectivamente 9 años de cárcel (108 meses) y tendría que haber redimido 14 años y 7 meses más (175 meses) con trabajo o estudio para haber cumplido el 70 por ciento de la sentencia. Todavía no es claro si realmente Aldana logró redimir ese tiempo.

Más allá de las cuentas que les presenta el Inpec a los jueces de ejecución de penas, el debate es si ante la gravedad de delitos como la corrupción o el feminicidio deben otorgarse beneficios como los obtenidos por Nule, Tapia y Aldana.

El fiscal del caso Nule, Juan Vicente Valbuena, defiende los beneficios. Afirma que si hay alguien que quiere colaborar, no lo hace si no hay beneficios y eso afecta los avances en las investigaciones sobre corrupción. “Los procesos exitosos, en los que hay más condenados y hay más gente involucrada, como el caso del carrusel de Bogotá, se edifican en la colaboración de la gente”, agrega Valbuena.

Sin embargo, el penalista y profesor en la Universidad Externado Camilo Burbano sostiene que si bien uno de los fines de la justicia es resocializar, debe tenerse en cuenta también la reparación que hace el condenado. “El juez debe valorar si la persona merece o no merece la libertad condicional, no debe ser solo cumplimiento matemático de la pena. El juez debió mirar no solo el requisito objetivo, sino también el subjetivo. Debería haber una reparación a las víctimas”, señala Burbano.

La Procuraduría apeló libertad de Guido Nule

El Procurador general, Fernando Carrillo Flórez, habló sobre la polémica por los beneficios judiciales en casos de corrupción.

¿Deberían replantearse los beneficios en las condenas por corrupción?

​Por supuesto. Esa fue una propuesta que se hizo en el proyecto presentado el año pasado en la lucha contra la corrupción. La ciudadanía no soporta un beneficio que lleva la marca de impunidad, esto multiplica la desconfianza en la justicia.

Quedan libres un sin pagar las multas, ¿qué hacer para que devuelvan lo que se robaron?

Según el artículo 64 del Código Penal, se supedita la libertad condicional al pago total de la multa y reparación de la víctima, valoración que debe hacer el juez de acuerdo con los lineamientos que ha dado la Corte Constitucional. El Ministerio Público puede interponer recursos legales contra las decisiones de los jueces de ejecución de penas en caso de no estar de acuerdo con las valoraciones realizadas.

¿La Procuraduría examinó el proceso de libertad de Guido Nule?

​Hemos interpuesto recurso de apelación contra esa decisión, pues no estamos de acuerdo con las motivaciones del juez de ejecución de penas. Rechazamos abiertamente ese beneficio.

¿Qué mensaje le deja al país el hecho de que Guido Nule y Emilio Tapia estén libres?

​En la lucha que estamos dando contra la corrupción preocupan estas decisiones porque, además de cuestionables desde lo jurídico, le hacen tremendo daño a la institucionalidad. Se debe hacer un estudio sobre la legislación contra la corrupción sistémica que sufrimos, para aumentar las penas en los delitos de corrupción y/o eliminar beneficios y mecanismos sustitutivos para este tipo de delincuencia que hoy afecta a los sectores más vulnerables, como la salud y la alimentación escolar.

¿Cree la Procuraduría que algunos jueces de ejecución de penas son laxos con los beneficios?

Estamos estudiando cada una de las decisiones de los jueces para determinar si se ciñen a la legalidad; en caso contrario, seguiremos interponiendo los recursos y las acciones de ley. La justicia debe ser implacable con los corruptos.

Piden que beneficios no sean para corruptos

Cero beneficios en la ejecución de sentencias relacionadas con hechos de corrupción, es lo que pide la Corporación Excelencia para la Justicia, organización civil dedicada al estudio de la rama judicial.

De acuerdo con su director, Hernando Herrera Mercado, “es oportuno que existan esos sistemas de redención de pena, porque están ligadas al principio de rehabilitación de cualquier delincuente” pero, en el caso de los condenados por delitos que tienen que ver con la desviación de recursos considera que no deben ni tener esos “beneficios” ni casa por cárcel.

Además, sobre los que pueden obtener estos privilegios sin haber cumplido con la reparación económica o las multas impuestas, afirmó que “una persona que no resarza debidamente a la sociedad por el daño que le generó no tiene por qué estar ni en su casa ni en las Playas de Barú”.

Herrera Mercado anunció que la Corporación hará una “revisión” de los beneficios otorgados a Miguel Nule, a quien le habían dado casa por cárcel en 2016 y al reciente beneficio de libertad condicional para Guido Nule, ambos condenados por el ‘carrusel’ de la contratación en Bogotá.

Dijo que se hará seguimiento para que sea “absolutamente exigente en el otorgamiento de esos beneficios” a los empresarios y para que a los condenados por corrupción sean evaluados con mayor detenimiento cuando argumentan tener enfermedades o dolencias para evadir la prisión ordinaria.

“Los Nule son los enfermos más costosos que ha tenido el país, uno por una supuesta dolencia de una rodilla y el otro por obesidad, cuando en el pasado se aprovecharon del Estado para producir un delito de gran impacto social”, manifestó Herrera.


Tomado del portal del diario El Tiempo