¿Por qué desde el Gobierno le piden a Duque negarse a cadena perpetua?

Foto: Néstor Gómez / EL TIEMPO

Comisión del Ministerio de Justicia entregó un extenso documento en el cual explica las razones.

No hay ninguna evidencia que permita asegurar que condenar a cadena perpetua a quienes sean procesados por delitos graves en contra de los niños, lleve a una reducción de ese tipo de agresiones contra los menores de edad.

Esa es una de las conclusiones de un extenso informe realizado al respecto por la Comisión Asesora de Política Criminal, por petición del Ministerio de Justicia.

El debate se volvió a dar en el país en noviembre del año pasado tras la atroz violación y asesinato de la niña Génesis Rúa en Fundación, Magdalena, y hace menos de dos meses se hundió por tiempos un proyecto de ley radicado en el Congreso que buscaba establecer cárcel de por vida a violadores de niños. Incluso, el planteamiento es una de las promesas de campaña del presidente Iván Duque.

No obstante las voces de apoyo al endurecimiento de las condenas, los expertos, en el concepto entregado en el mes de mayo, afirman que la cadena perpetua es “cruel, innecesariamente violenta, inútil y desproporcionada”, además de hacer que el condenado pierda la esperanza de rehabilitación y libertad.

También señala el documento que esa pena da “un mensaje de asocialización, discriminación, marginación y exclusión social” que no conlleva beneficios adicionales para proteger y restaurar los derechos fundamentales de las víctimas.

El panel conformado por 10 expertos, como el abogado penalista Gerardo Barbosa, dice que el Estado no solo debe proteger los derechos de las víctimas sino los de todos los ciudadanos, incluidos quienes cometen crímenes, garantizando sanciones proporcionales y razonables. 

La comisión también menciona la situación carcelaria del país, donde el hacinamiento es del 53,29 por ciento, y afirma que “bajo el actual estado de cosas inconstitucional de los derechos humanos en las prisiones, dicha crueldad también torna esta pena en una sanción inhumana y degradante”.

Además de las consideraciones anteriores, la comisión hace hincapié en los costos económicos de ese tipo de decisiones. Así, señalan que si se tiene en cuenta que el costo de manutención anual de una persona privada de la libertad asciende a más de 18 millones de pesos,la prisión perpetua generaría a largo plazo costos fiscales.

Según uno de estimativo de la comisión, solo por los más de 1.560 condenados por delitos de actos sexuales abusivos que hoy existen en Colombia, el Estado paga más de 29.000 millones de pesos cada año. Esa cifra superaría el billón de pesos si se tienen en cuenta los 35 años que en promedio vivirían los condenados a una cadena perpetua, ya que hoy tienen en promedio 39 años y una esperanza de vida de 74 años.

El informe añade que el Estado terminaría gastando más plata en la manutención de los victimarios que en el bienestar de las víctimas y su entorno.

“Con el dinero que cuesta sostener anualmente a una persona condenada a prisión (18’371.560 pesos) se podría costear el estudio anual de aproximadamente 9,54 niños de primaria (1’924.081 pesos), de 8,4 jóvenes de secundaria (2’164.591 pesos) y de 8 jóvenes de décimo y undécimo grado de bachillerato (2’284.847 pesos)”, se lee en el informe.

A esto se suma que establecer ese tipo de sanciones, dice el documento, vulnera tratados internacionales ratificados por Colombia como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos.

Los expertos advierten que se debe proceder a construir una política integral que no deslegitime el sistema judicial al condicionarlo a factores como la percepción ciudadana o, incluso, de “pronósticos políticos en materia de criminalidad, o, peor aún, de los prejuicios sociales”.

Otras fórmulas

Además de insistir en el acompañamiento integral del Estado a las víctimas, la comisión plantea otras restricciones a los victimarios; por ejemplo, la inhabilitación para ejercer algunos trabajos que les faciliten el acceso a menores.

O la prohibición de vivir en determinados lugares, especialmente con las víctimas o su núcleo familiar, o de aproximarse o comunicarse con ellos.

“A ello se agregan otras figuras como la vigilancia especial del condenado por
parte de especialistas de distintas disciplinas que hagan seguimiento de
las actividades profesionales y sociales del sujeto, y le faciliten su reinserción social”, dice el informe.


Tomado del diario EL TIEMPO