Prima de junio para el servicio doméstico: así se calcula

Foto: Archivo particular

Estos empleados obtuvieron el derecho a esta prestación en 2016, aún si laboran por día.

Antes del coronavirus, en Colombia se registraban 750.000 empleados domésticos, el 95 % correspondía a mujeres que, por estos días, deben recibir la prima de junio, tras el derecho legal que les otorgó la Ley 1788 de 2016.

La prestación debe ser pagada antes del 30 de junio, independientemente de si solo trabaja un día por semana.

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Según expertos laborales, la prima de servicios es una prestación social a cargo del empleador y corresponde al pago de 15 días por semestre laborado o proporcionalmente, que se debe hacer de forma directa al trabajador, antes del 30 de junio, en esta oportunidad.

La prima es una de las prestaciones, pues los empleados de servicio doméstico deben recibir todo lo que ordena la ley, al igual que otros trabajadores: auxilio de transporte, cesantías, vacaciones, caja de compensación y aportes para salud, pensión y riesgos laborales.

Conductores y otros trabajadores

Hay que tener en cuenta que, además de empleadas domésticas, que por lo general son mujeres, la prima debe pagarse a conductores de servicio familiar, trabajadores por días o empleados de fincas que, con anterioridad a la ley, no tenían derecho por no prestar sus servicios a una empresa.

Una persona que gana un salario mínimo en el 2020, es decir, $ 877.803 pesos al mes, más el subsidio de transporte de 102.854 pesos, tiene derecho a una prima de servicios de 490.828 pesos, los cuales se deben cancelar máximo el 30 de junio, fecha en la que se paga la correspondiente a la del primer semestre.

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Cálculo para el que trabaja una vez por semana

Si una persona trabaja una vez a la semana, el cálculo se realiza de la siguiente manera:

1. Calcule el salario diario, tomando el valor del salario mínimo, es decir $ 877.803 pesos y divídalo entre 30 días. Esta operación le da 29.260 pesos.

2. Haga lo mismo con el auxilio de transporte: $ 102.854 pesos dividido entre 30 días, para un resultado $ 3.428 pesos.

3. Sume esos dos valores y multiplíquelo por 4 (semanas que tiene un mes).

4. Posteriormente, divida el resultado que lleva hasta ahí entre 2, dado que la prima corresponde a 15 días por semestre laborado.

5. En conclusión, la prima se liquida partiendo de los $ 980.657 pesos correspondientes al salario mínimo de este año (salario mínimo más el subsidio de transporte).

El mismo procedimiento se puede realizar ajustando los días laborados y el salario diario de cada trabajador particular. Así, si la persona trabaja tres días a la semana, por ejemplo, la cifra inicial del salario diario sumado al auxilio de transporte debe multiplicarse por 12 (días que trabaja al mes).

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En otro ejemplo, si una empleada doméstica trabaja 120 días en seis meses, la operación que hay que hacer es la siguiente: $ 980.657 pesos multiplicado por 120 días y dividido por 365 días, lo que daría unos $ 322.407 pesos. La operación es igual para todos los empleados, solo cambian los días laborados.

Los expertos también recuerdan las obligaciones que tiene el empleador con la nueva ley y advierten que un posible proceso judicial podría costarles más de lo que se pueden pagar con el debido cumplimiento de la norma.

Otros trabajadores del hogar son jardineros y niñeras, quienes tienen el mismo derecho.

El no cumplir con esta obligación da pie a sanciones a los empleadores y la multa del Ministerio de Trabajo es de un día de salario por cada uno de mora.


Tomado del diario EL TIEMPO