Transporte en el Tolima seguirá en Cuarentena salvo excepciones fijadas en decreto presidencia

Foto: Suministrada

”Las terminales de transporte en el Tolima se mantendrán cerradas y soló podrán operar con las medidas de excepción adoptadas en el decreto 593 de 2020. Es decir, las restricciones siguen vigentes e irán hasta el final del aislamiento obligatorio, el próximo 11 de mayo, o hasta que el presidente lo decrete”.

Así lo sentenció el director  general  de Tránsito y Transporte del departamento, Carlos Alberto Barrero Prada, al informar   que a partir de este  lunes 27 de abril   reabrirán sus operaciones nueve subsectores puntuales de la industria de manufacturas y construcción, pero lo harán gradualmente.

 Al ser consultado sobre si habrá empresas transportadoras transitando por las vías del Tolima, el funcionario respondió que  las mismas no están despachando en razón a la falta de demanda. ”Distinto a las que por fuerza mayor hagan despachos desde otros departamentos.  En estos casos sólo transitarán, de paso, por las vías de primer orden sin que ingresen a nuestros municipios”; puntualizó.

El responsable del tránsito en el territorio tolimense advirtió que las empresas del sector deben esperar
a que haya libre movilidad y así mejore la demanda;  de lo contrario sería ahondar la crisis del sector.

Barrero Prada afirmó que desde este lunes, únicamente, pueden transitar las personas que se encuentran dentro de las excepciones del decreto 593 del 24 de abril de 2020. Es decir, aquellas que deban movilizarse estrictamente para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVI 19 y las actividades permitidas en el artículo 3;  entre ellas las del sector de las manufacturas y la construcción.

El  director  general  de Tránsito y Transporte aclaró que las personas  sí pueden hacer uso de  vehículos particulares, siempre y cuando sea para transportar a quienes  se encuentren dentro de las excepciones del decreto 593 del 24 de abril de 2020. ”La regla general es una persona por vehículo y  adicional un pasajero máximo, para conservar la distancia mínima de un metro. Esas personas deberán portar sus documentos personales, los documentos del vehículo y además deberán estar acreditadas o identificadas en el ejercicio de sus funciones o actividades excepcionadas en el decreto. Esto lo debe hacer el empleador o representante legal de la compañía”; precisó Barrero Prada.

Finalmente, el funcionario informó que, por ahora,  no hay  despachos programados por parte de las empresas de transporte habilitadas en el departamento y que las autoridades,  como la Policía de Carreteras  de la Seccional de Tránsito y Transporte del Tolima, incrementarán los operativos para velar por el cumplimiento de las normas.


Tomado del servicio de prensa de la Gobernación del Tolima