Caso Uribe seguirá por sistema acusatorio y jueza definirá su libertad

Foto: César Melgarejo / EL TIEMPO

La Corte dijo que el proceso se debe llevar por la ley 906.  Jueza debe definir en qué etapa queda.

En una sesión en la que se encontraban reunidos desde las 9 de la mañana, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia decidió que el proceso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez se seguirá rigiendo por la ley 906 del 2004, es decir, por el nuevo sistema penal acusatorio.

Así, el alto tribunal resolvió un conflicto de competencias que había sido elevado por el abogado del senador Iván Cepeda, parte civil en este caso, quien consideraba que la ley que debía regir el proceso contra Uribe es la misma con la que venía en la Corte Suprema de Justicia, antes de que el expediente se le pasara a la Fiscalía: la ley 600 del 2000, o viejo sistema.

Por eso,  para el abogado de Cepeda no era la juez 30 de control de garantías la que debía resolver la libertad  de Uribe, sino la Fiscalía.

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La decisión de este lunes se dio con ponencia del magistrado Gerson Chaverra, quien estableció que la juez sí tenía competencia para decidir la libertad sobre Uribe porque el proceso se debe llevar por la ley 906. Así, la decisión del alto tribunal se dio en el sentido de lo que consideraban la defensa de Uribe, la Fiscalía General y la misma juez, quienes dijeron que el sistema acusatorio es el que debía regir el caso.

Pero además, la Sala Plena de la Corte no se pronunció sobre cuál es la etapa procesal en la que queda este caso. Para muchos juristas, el hecho de que siga por la ley 906 implica que debe comenzar desde ceros, lo que llevaría a que se caiga todo lo que había actuado en este caso la Sala de Instrucción. Para otros, en cambio, aún en la ley 906 se puede dejar en firme lo ya hecho por la Corte,  para que la Fiscalía decida ahora si acusa a Uribe y lo llama a juicio.

Como la Corte no dijo nada en su providencia sobre la etapa procesal, fuentes del alto tribunal explicaron que establecer en qué etapa queda ahora el caso contra Uribe le corresponderá a la juez 30 de control de garantías.

EL TIEMPO conoció además,  que a pesar de las críticas y señalamientos que el uribismo había hecho contra el magistrado de la Sala Penal Hugo Quintero, nunca presentaron ninguna recusación en su contra. Por lo tanto, no se tuvo que evaluar si el podía participar o no de la decisión, y votó.

Uribe es investigado por soborno a testigos y fraude procesal, delitos supuestamente cometidos en el 2018 para que paramilitares declararan a su favor y se retractaran de afirmaciones en las que lo han señalado con las Autodefensas.

En ese proceso, la Corte Suprema le había imputado cargos a Uribe  y ordenado su detención domiciliaria en su finca El Ubérrimo, en Córdoba, el pasado 3 de agosto. Sin embargo, Uribe renunció al Senado -que era la condición por la cual tenía fuero y era investigado por la Corte- y por lo tanto el alto tribunal perdió competencia para seguir llevando su proceso y se lo envió a la Fiscalía General el pasado 31 de agosto. El caso quedó a cargo del jefe de fiscales ante la Corte, Gabriel Jaimes.

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Tomado del portal del diario EL TIEMPO