¿Las fotomultas deberían ser solo para el conductor infractor?

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La Procuraduría dice que los dueños de los vehículos no son responsables de las fotomultas, si no la persona que va conduciendo.

Desde la Ley 1843 de 2017 los dueños de vehículos deben responder por las fotomultas a los mismos. Sin embargo los propietarios de vehículos no son responsables por las fotomultas a sus conductores.

La procuraduría envió un concepto a la Corte Constitucional en el que pide a ese tribunal que declare inexequible la norma en donde el dueño de un vehículo es igual que el conductor responsable de las infracciones registradas por las fotomultas, que generar comparendos electrónicos.

Según el Ministerio Público, el parágrafo 1 del artículo 8 de la Ley 1843 de 2017, que regula los sistemas electrónicos de detección de infracciones de tránsito, es inconstitucional porque viola el derecho al debido proceso, “ya que en materia de sanciones se debe observar como mínimo que las autoridades identifiquen al transgresor”.

Del mismo modo, para el órgano de control, la previsión de un régimen de responsabilidad solidaria es una forma de hacer exigible la obligación, no es el procedimiento para determinar quién es el infractor.

Por tal motivo el concepto de la Procuraduría generó varias reacciones adversas. Para Alejandro Maya, director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), le informo a EL TIEMPO que sería un grave error que la Corte Constitucional no mantenga en firme la norma. “Si se cae la solidaridad del propietario, básicamente será técnicamente imposible identificar el usuario que va conduciendo el vehículo”.

Además, el director de la ANSV dice que el país tiene un serio problema en seguridad vial y que “hoy en día los vehículos son un ‘arma’ que está causando la muerte a muchos colombianos”, y se basa en las 3.096 personas que han muerto en las vías solo en el primer semestre de este año, una cifra que puede aumentar, debido a que hay personas que tienen heridas.

Al concluir, expresó: “los propietarios deben ser prudentes en el momento en que ‘prestan’ sus vehículos y del mismo modo deben ser solidarios de las consecuencias de esa decisión”.

Por tal motivo, los propietarios deben ser prudentes en el momento en que ‘prestan’ sus vehículos y del mismo modo deben ser solidarios de las consecuencias de esa decisión

En el mismo sentido Darío Hidalgo, experto en seguridad vial, se expresó sobre el tema diciendo que los instrumentos de detección electrónica son, quizás, “las herramientas más efectivas para el control de infracciones, especialmente las que atentan contra la vida, como el exceso de velocidad”.

De esta manera, las personas que tengan un vehículo, deberán ser más cuidadosas a la hora de prestar su medio de transportes, porque podría estar “pagando los platos rotos de otro”. Y terminar siendo responsable por ser irresponsable.


Redacción: Annie Rincón