Extradición de Andrés Felipe Arias habría sido aprobada por Estados Unidos

Foto: Archivo El Espectador

Un documento emitido por el Departamento de Estado de los EE. UU. confirmaría la decisión de que el exministro sea entregado a Colombia. Arias fue condenado a 17 años de prisión por irregularidades en el programa Agro Ingreso Seguro el 17 de julio de 2014.

La solicitud de extradición del exministro Andrés Felipe Arias, habría sido aprobada por la justicia de los Estados Unidos, de acuerdo con un documento conocido en las últimas horas, que fue firmado por un funcionario del Departamento de Estado de ese país. Arias Leyva fue condenado el 17 de julio de 2014 por la Corte Suprema de Justicia colombiana por las irregularidades que rodearon la entrega de subsidios del programa Agro Ingreso Seguro (AIS). Días antes de conocerse esa sentencia, Arias Leyva dejó el país y evadió a las autoridades.

La carta, enviada a Hans Burgos, abogado de Arias en Estados Unidos, figura como una respuesta a las comunicaciones que Burgos habría enviado al Departamento de Estados presentando  material probatorio con el fin de que se evaluara la solicitud de extradición hecha por Colombia. “Siguiendo la revisión de toda la información pertinente, incluyendo el material enviado directamente al Departamento de Estado (…), el subsecretario de Estado decidió autorizar la entregar del señor Arias a Colombia”, dice la misiva.

En ese mismo sentido, señala que el gobierno de Colombia será notificado del tiempo que Arias permaneció en recluido en los Estados Unidos para que se pueda determinar la reducción de los términos y tiempos de prisión en Colombia, de acuerdo a las leyes locales. La esposa de Andrés Felipe Arias, Catalina Serrano, rechazó la decisión en un mensaje de audio que publicó en sus redes sociales: “Hoy siento un dolor profundo en mi corazón. Me duele ver la indolencia de las instituciones frente al caso de un hombre inocente, un hombre trabajador, un hombre honesto, un hombre disciplinado que dedicó su vida con amor al servicio público”.

Serrano aseguró que Arias es una persona desprotegida, que no tiene a quién acudir. “Es un hombre que solo tiene las voces de muchos colombianos que claman su justicia, pero desafortundamente no es suficiente”, agregó. Este proceso de extradición duró más de cuatro años ya que la Corte Suprema había hecho la solicitud desde el 27 de agosto de 2014 y la embajada de Colombia en Washington presentó el 21 de noviembre  de 2014 oficialmente la petición.

Entre tanto, Arias Leyva solicitó asilo político en ese país en donde mantuvo una vida normal hasta agosto de 2016, cuando fue detenido en la ciudad de Weston, sur de Florida, debido a la solicitud de extradición. El largo proceso había generado críticas de la Corte Suprema hacia las autoridades de los Estados Unidos. El 22 de mayo de 2018, el entonces presidente de la Sala Penal, magistrado Luis Hernández, señaló que sin importar la colaboración que se ha prestado a EE.UU, allá todavía se debatía si un funcionario condenado en Colombia es o no un preso político.

“La Corte Suprema colombiana es tan digna como la Corte Suprema de EE.UU”, señaló el magistrado al indicar que entre el año 2012 a la fecha, ese alto tribunal ha avalado la extradición a distintos países de 1.212 personas y que, de estas, 844 fueron a Estados Unidos. El pasado 19 de enero, el exministro de Agricultura intentó nuevamente pedir la libertad bajó fianza, en una audiencia en la que el senador y expresidente Álvaro Uribe habló en su defensa. La petición fue negada por el juez Janes Lawrence King.

El 19 de diciembre de 2018 una Corte del Distrito sur de la Florida negó otra solicitud elevada por la defensa del exministro mientras se practicaban otras pruebas en el caso, que fue negada por considerar que había riesgo de fuga. Arias permanece detenido desde el 28 de octubre de 2017 por orden de un juez federal estadounidense.

Mientras Arias esperaba la decisión de Estados Unidos, su defensa emprendió una batalla jurídica para lograr que el exministro pudiera tener en Colombia doble instancia y que su condena pudiera ser revisada. En ese camino, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas consideró en noviembre de 2018 que en su caso hubo una violación al Pacto Internacional de Derechos Políticos debido a la falta de doble instancia al momento de ser condenado y en materia de los derechos, a votar y a ser elegido.

En ese sentido señaló que, “el Estado parte tiene la obligación de proporcionar al autor un recurso efectivo. Ello requiere una reparación integral a los individuos cuyos derechos hayan sido violados”. Sobre este punto, la Corte Suprema de Justicia insistió que para la época de la condena a Arias, no había un marco legal de doble instancia, que fue aprobado y puesto en funcionamiento en el 2018.

Por esa razón, dijo el alto tribunal, la sentencia al exministro es de única instancia y no tiene recurso alguno. El pasado 13 de febrero, la Corte respondió que “respeta el rol y autoridad atribuidos al Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, pero entiende bien que si es decisión del Estado colombiano de acatar su dictamen y proporcionarle a Arias Leiva el recurso de apelación contra la sentencia que lo condenó, el poder para procurar que lo haga no lo tiene ni la Corte ni ningún otro órgano de la Rama Judicial. Simplemente porque el cumplimiento del dictamen del comité supone necesariamente una reforma de la Constitución Nacional”.

En un pronunciamiento emitido por los magistrados Luis Antonio Hernández y Patricia Salazar, la Sala de Casación Penal señalaron que el Acto Legislativo 1 de 2018, que creó la doble instancia para aforados, no incluyó ninguna orden de anulación de las sentencias condenatorias emitidas en única instancia por la Corte Suprema. “Ni siquiera consagró un régimen de transición y en esa medida, en lo que importa para el presente caso, está fuera de lugar demandar que se aplique retroactivamente a casos anteriores que se juzgaron y fallaron con plena sujeción a la ley vigente”.

Igualmente, los magistrados consideraron que es “imposible” para la Corte Suprema “suprimirle los efectos de cosa juzgada a la sentencia condenatoria dictada contra Arias Leyva para autorizar su impugnación”. Arias Leyva fue hallado responsable de los delitos de peculado por apropiación a favor de terceros y celebración de contratos sin el cumplimiento de los requisitos en la celebración de los convenios 03 de 2007, 055 de 2008 y 052 de 2009 con el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA). Al tiempo, se le impuso una multa de 50.000 salarios mínimos (unos $30.800 millones aproximadamente).


Tomado del portal del diario El Espectador