Corte mantuvo el aborto sin cambios y se declaró inhibida

Foto: Héctor Fabio Zamora / EL TIEMPO

Esta práctica continúa siendo permitida en las tres causales avaladas desde el 2006. 

El aborto en Colombia se mantendrá igual que en los últimos 14 años. La Corte Constitucional no decidió de fondo la demanda que pedía penalizar por completo el aborto y eliminar las tres causales

Pero además, la Corte derrotó la ponencia que presentó el magistrado Alejandro Linares en la que, contrario a los intereses de la demandante, pedía liberalizar el aborto para descriminalizar esta práctica, por lo menos en el primer trimestre para que las mujeres pudieran interrumpir su embarazo solo por su voluntad en ese tiempo. De allí en adelante, Linares propuso mantener las causales. 

Como Linares fue derrotado, la ponencia pasará al magistrado Antonio José Lizarazo que deberá exponer en el fallo lo que decidió la mayoría de magistrados: inhibirse.

Por seis votos contra tres, la mayoría de la Corte Constitucional determinó que se declaraba inhibida ya que, según consideró el alto tribunal, la demanda era inepta, es decir, no cumplía con todos los requisitos para poder hacer un análisis y pronunciamiento de fondo.

A favor de la ponencia de Linares, además de él, estaban Alberto Rojas Ríos y José Fernando Reyes Cuartas, quienes afirmaron que el alto tribunal debió haber ido más allá, evaluar de fondo el tema, y despenalizar el aborto para proteger los derechos de las mujeres. En contra, estuvieron las tres magistradas del alto tribunal Cristina Pardo, Diana Fajardo, Gloria Ortiz, y los magistrados Antonio José Lizarazo, Guillermo Guerrero y Carlos Bernal porque consideraron que en este caso la demanda no cumplía con los requisitos para volver a evaluar este asunto, ni para debilitar la cosa juzgada.

Según la mayoría de magistrados, “la ausencia de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos de inconstitucionalidad” que formuló la abogada Natalia Bernal Cano contra el artículo 122 llevaron a que el alto tribunal se declarara inhibido.

Y es que la demanda de la abogada Bernal Cano pedía tumbar las causales que permite el aborto en tres casos desde el 2006: riesgo para la vida o la salud física o mental de la madre, violación, o malformación del feto.

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Bernal pedía tumbar la interpretación que la Corte hizo del artículo 122 del Código penal, que es el que castiga el aborto cuando se realiza por fuera de los casos permitidos con hasta cuatro años y medio de prisión. Es decir, la abogada le había pedido a la Corte tumbar la decisión con la que  avaló el aborto en los tres casos anteriormente mencionados.

Según Bernal, admitir el aborto, así fuera en esas causales excepcionales, ponía en riesgo la vida, la dignidad, la salud, la integridad física y psicológica tanto de la madre gestante como de su hijo o hija por nacer.

Para la mayoría de la Corte, Bernal no presentó argumentos suficientes para desvirtuar la cosa juzgada. Así, para la Corte cuando se interponen demandas que busquen cambiar la cosa juzgada deben existir “razones poderosas que justifiquen que se vuelva a analizar una norma que ya fue objeto de control constitucional”.

Pero además, para la Corte la demanda de Bernal no cumplió con los requisitos de certeza, porque se basó en subjetividades. Tampoco con la especificidad, ya que consideraron que los argumentos de la abogada eran “genéricos y excesivamente vagos”. La Corte,  también dice que el recurso tampoco tenía pertinencia, porque no planteó un problema de constitucionalidad sino de “conveniencia o corrección de la norma interpretada”.

Y es que para la Corte, la evidencia empírica que llevó Bernal se construyó a partir de “concepciones personales, como fotografías, material audiovisual, literatura y entrevistas a terceros”.

En este caso, dice la Corte, su demanda tampoco es suficiente porque sus razones no generaban dudas sobre la inconstitucionalidad del condicionamiento que hizo el alto tribunal en el 2006, con el que avaló las tres causales para abortar. Finalmente, la Corte consideró que su demanda no era clara porque no guardaba coherencia argumentativa.

Tras conocerse el fallo, organizaciones de mujeres afirmaron que lo importante es que la Corte no retrocedió y mantuvo las causales protegidas. En todo caso, dijeron, seguirán insistiendo en buscar la despenalización total de este delito.

También se pronunció el presidente Iván Duque, quien dijo que siempre ha sido “provida” y que recibía con tranquilidad que la Corte haya mantenido su jurisprudencia en las tres causales excepcionales, pues considera que la vida se da desde la concepción.

Los posiciones de ciudadanos y expertos en la Corte

Desde que se supo de la demanda, y tras conocerse que la ponencia de Linares proponía lo contrario a lo que quería la demandante, el tema ha generado toda clase de posiciones.

Como se vio este lunes a las afueras del Palacio de Justicia, donde estaban reunidos los magistrados de la Corte Constitucional, este es un tema que ha polarizado al país. Y es que afuera de la Corte había colectivos que defendían mantener lo avanzado en este derecho fundamental, o ir más allá, como quería Linares. Pero también había organizaciones que, con arengas y pancartas, pedían criminalizarlo y proteger a los no nacidos.

De hecho, como pocas veces en su historia, a la Corte Constitucional le llegaron una avalancha de opiniones, conceptos, intervenciones ciudadanas, firmas, e informes de uno u otro lado. El alto tribunal recibió más de 167 escritos en los que se respaldaba la despenalización, la penalización o mantener las causales y no ir más allá.

Algunos conceptos, como el de la Fundación Colombiana de Ética y Bioética, o la Asociación Colombiana de Juristas Católicos apoyaban a Natalia Bernal, considerando que la Corte debía proteger los derechos del no nacido y alegando, en algunos casos, supuestas afectaciones en la salud de las mujeres a las que se les han practicado abortos. También apoyaban a Bernal la exprocuradora para la familia Ilva Myriam Hoyos Castañeda, así como la Conferencia Episcopal.

Otros conceptos le pedían a la Corte mantener el sistema de causales afirmando que en este tema la jurisprudencia ya está muy establecida y que no ha habido cambios que justifiquen que el alto tribunal cambie su posición frente al aborto, por lo que le pedían mantener el sistema de causales, sin cambios. Algunos de los que pedían mantener las causales tal cuál están y no cambiar la jurisprudencia -es decir, le pedían a la corte inhibirse- eran el Ministerio de Justicia, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, y la Procuraduría.

De otro lado, varios conceptos, entre ellos el de Human Rights Watch, la alcaldía de Bogotá,  Profamilia, Women’s Link Worldwide, la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, constitucionalistas y juristas como Ricardo Posada Maya, Isabel Cristina Jaramillo o Yesid Reyes le pedían a la Corte avanzar en la protección de derechos de la mujer y avalar la ponencia de Linares que buscaba la despenalización.

Desde esta perspectiva, los que pedían eliminar este delito, por lo menos en las primeras etapas de gestación, para que las mujeres voluntariamente pudieran interrumpir su embarazo, afirman que las barreras han seguido para las mujeres, incluso estando en las tres causales, lo que hace que no se esté cumpliendo plenamente el derecho de interrumpir su embarazo de forma legal.

Estas opiniones, además, sostenían que mientras hay pocas judicializaciones por aborto y el impacto de este delito en términos de administración de justicia es mínimo, sí tiene grandes repercusiones en la vida de las mujeres pues conlleva a abortos inseguros que traen peligrosas consecuencias para la salud de las mujeres, y además restringe el derecho a decidir libremente sobre la reproductividad.

La judicialización del aborto

Según cifras de la misma Fiscalía, en los últimos 20 años el órgano acusador recibió 5.833 denuncias por aborto de las cuales el 76 por ciento están inactivas ya sea porque los fiscales encontraron que no había mérito para continuar la investigación (muchos casos estaban en las causales) o porque archivaron los casos por aticipidad de la conducta. Esta cifra de por sí es pequeña si se tiene en cuenta que, según el Instituto Guttmacher, a la año en el país habría unos 400.000 abortos clandestinos.

En un concepto técnico enviado a la Corte, la Fiscalía General aseguró que “se vio obligada a invertir recursos para adoptar una decisión en relación con hechos que no constituyen una conducta típica. Lo anterior sin tener en cuenta que, de acuerdo con otros datos presentados en este informe, es altamente probable que esas investigaciones se hubieran adelantado sobre mujeres vulnerables”.

Por un lado, entonces, los abortos que se denuncian son pequeños frente al universo. Por el otro, las acciones que el ente acusador toma ante ellos se quedan en etapas incipientes, pero tienen una afectación sobre mujeres vulnerables.

Incluso, en estos casos han crecido los principios de oportunidad pues en el 2016 la Fiscalía ordenó en una directiva archivar y precluir aquellos casos que se habían iniciado, pese a estar en las causales despenalizadas por la Corte, y aplicar de forma preferente el principio de oportunidad para evitar llevar a mujeres presas.

El documento de la Fiscalía revela la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran las mujeres juzgadas por aborto: el 34 por ciento se ocupan de labores del hogar y servicios domésticos, un 2,75 por ciento estaban desempleadas, el 18,5 por ciento eran universitarias, el 13,6 por ciento dijeron ser estudiantes de secundaria, y el 2,7 por ciento se dedicaban a trabajos sexuales.

Además, el 39,77 por ciento tiene registros en la Fiscalía por haber sido víctima de algún delito, la mayoría de ellas por violencia intrafamiliar, lesiones personales y violencia sexual.

Pero además, la mayoría de investigadas (1.058 mujeres) tenían entre 18 y 28 años, y la Fiscalía registró que 495 eran menores de entre 14 y 17 años. Unos cuatro casos que tuvo la Fiscalía en judicialización, además, eran menores de 14 años aún cuando en esa edad se presumen que el hecho constituyó una violación.


Tomado del diario EL TIEMPO